
En este artículo Ricardo Chaparro realiza un análisis de las tensiones que existen entre la ley de jurídica ó ley pública y la dimensión de la Ley psicoanalítica o Ley de estructura, en el contexto del actual proceso de justicia transicional en Colombia. Chaparro centra su análisis en problematizar la Ley 975 del 2005, denominada como ley de Justicia y Paz. Sobre esta Ley y a partir de la impronta psicoanalítica, el autor levanta interrogantes y advertencias de que “la pérdida de la significación expiatoria del castigo conlleva un escamoteo de la función reguladora de la ley” (47). Al considerar las penas impuestas a los paramilitares asociados a las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), en el contexto de la justicia transicional, se ve un marcado contraste con la denominada justicia tradicional. Por ejemplo, en la Ley 975 del 2005 se estableció una pena máxima de ocho años de cárcel para los miembros de grupos armados ilegales que se acogieran a ésta, mientras que el Código Penal colombiano instaura una pena máxima de sesenta años de cárcel para quienes cometan delitos atroces en personas indefensas. La diferencia entre un sistema jurídico y otro, plantea una marcada tensión entre las formas de justicia transicional y la tradicional.
No obstante, Chaparro argumenta también que una aproximación psicoanalítica a la relación entre el sujeto del deseo, la ley y la justicia, si bien reconoce la importancia, de la significación expiatoria del castigo tampoco se agota ni en el derecho, ni en la lucha contra la impunidad. El autor acoge las aportaciones de Braunstein y Agamben sobre el carácter autorreferencial del discurso jurídico como uno que es insuficiente ya que; “el derecho no tiende el última instancia al ejercicio de la justicia ni al esclarecimiento de la verdad, sino exclusivamente a la celebración del juicio, lo que difunde la idea de que el veredicto judicial lo ha resuelto todo”(47).