
8 de abril de 2026
Observar el “festín punitivo” al que sucumbimos cada vez que la adolescente imputada del asesinato de una menor en Aibonito acude a los procesos del tribunal de ese municipio nos obliga a volver a una reflexión en la que hace mucho insisto: ¿por qué normalizamos el juzgamiento de adolescentes como adultos? ¿Por qué el Ministerio Público, la Rama Judicial, la Policía y la prensa
desconocen la importancia de la fase de desarrollo en la que estas personas se encuentran, aun cuando se les acuse de un delito violento?
Alguna parte de los ciudadanos podría decir: ante la actuación legislativa puertorriqueña, los operadores del sistema penal no tienen otra alternativa que hacer cumplir la “la ley y el orden”. No obstante, existen senderos distintos por los que podemos transitar.
Para el 16 de enero de 2026, el Tribunal Constitucional de Perú detuvo la aplicación de una ley que permitía que adolescentes de 16 y 17 años fuesen juzgados como adultos. La Ley 32,330 fue impulsada por un legislador ultraconservador y se puso en vigor durante el mes de diciembre de 2025. Sin embargo, tan pronto fue aplicada a varios adolescentes, la Defensoría del Pueblo impugnó la ley ante el Tribunal Constitucional de dicho país. Sorprendentemente, a esta petición se sumaron el Poder Judicial y el Ministerio Público. Dicho de otra forma, los jueces y fiscales peruanos participaron en los procesos judiciales para frenar la exclusión de los adolescentes del sistema juvenil.
Ante el reclamo de todos estos actores jurídicos, el Tribunal Constitucional de Perú celebró una vista oral. La narrativa utilizada por los representantes legales del legislador que impulsó la ley rebosaba de los típicos discursos de mano dura. Por el contrario, los que cuestionaron la constitucionalidad, incluyendo un amicus curiae, se fundamentaron en la evidencia científica que demuestra porque resulta imprescindible tratar penalmente a los adolescentes de manera diferente, además de abordar las causas y las condiciones de sus comportamientos mediante un abordaje restaurativo en donde el encierro no sea la primera alternativa.
Del contenido de la sentencia, privilegio las siguientes palabras del Magistrado Ochoa Cardich:
La destacada psicoterapeuta Elizabeth Kreimer Cantor, … en un informe titulado “Efecto Contraproducente del Encarcelamiento de Adolescentes en Centros Penales para Adultos: Evidencia desde una perspectiva del neurodesarrollo” señala que la neurociencia -disciplina que estudia el sistema nervioso en su conjunto en un ámbito multidisciplinario- ofrece datos que permiten explicar las razones biológicas por los cuales medidas penales drásticas resultan contraproducentes para la recuperación del adolescente y hasta para la seguridad de la sociedad.
Evidentemente existen otros caminos para abordar un conflicto penal en donde los protagonistas sean adolescentes. De hecho, esa es la norma a nivel internacional, puesto que solo un grupo pequeño de países permiten esta brutalidad que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el contexto de un informe evaluando la situación estadounidense, ha clasificado como preocupante.
El reproche penal por parte del Estado a la comisión de las muertes provocadas por adolescentes debe tomar en consideración su etapa de desarrollo. Dicha respuesta, empero, debe ser consensuada, pero, ante todo, tiene que tomar en cuenta la opinión de los adolescentes que habitan nuestro país.
Frente a esta realidad, resulta conveniente destacar la creación del Proyecto Enlace para escuelas públicas en la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico. De ese maravilloso proyecto, liderado desde el 2011 por la profesora Mariluz Jiménez Colón, participan adolescentes de las escuelas públicas, quienes acuden cada año al principal centro docente para exponerse a la educación jurídica desde temprano en sus vidas. La idea es impulsar en este grupo el deseo de estudiar Derecho, además de diversificar nuestra Escuela con estudiantes educados en el sistema publico de enseñanza. Enlace es, por tanto, un proyecto de inclusión social del que participan asiduamente los jueces asociados del Tribunal Supremo de Puerto Rico Ángel Colon Pérez y Luis Estrella Martínez. Empero, también tiene el potencial de ser un laboratorio de ideas.
En uno de los encuentros de Enlace con escuelas públicas, discutimos el caso de la adolescente de Aibonito. En ese contexto, una participante de pensamiento agudo expresó inquieta: “¿por qué no extendemos la pena en el ámbito de la justicia juvenil, por lo menos, hasta que tengan 25 años de edad en casos de asesinato, en vez de juzgarles como adultos y sentenciarlos a 99 años? ¿Por qué no intentamos en ese tiempo atender las causas de su conducta a través de un acercamiento distinto?” Ante esa sugerencia reaccioné expresando que quizás las personas que toman las decisiones importantes en Puerto Rico deberían estar más prestos a escuchar a los adolescentes. Hoy añado, y a tratarles como sujetos no solo cuando les castigan desproporcionalmente y permiten el ataque por parte de la prensa -no toda- a una adolescente acusada de delito en los predios de un tribunal de justicia, sino también cuando tienen ideas con un importante potencial.

