Reparando el derecho de familia

Departamento de Psicología del Recinto de Río Piedras

La autora plantea que el campo de los estudios de Derecho debe moverse del modelo adversativo  y binomial amor y odio  desde el  cual aborda  casos de familia (adopción, remoción de hijos, divorcio entre otros) hacia el modelo restaurativo. Denomina  como vacío esa ausencia dentro del campo de Derecho de Familia que no  reconoce  elementos teóricos como los trabajados por Terry Maroney sobre las  teorías de la emoción así como de  teóricos  dentro del cambo de la neurociencia como Antonio Dámaso y  la  psicoanalista Melanie Klein, quienes coinciden en  la co-existencia, en los humanos, de afectos contradictorios en los ciclos de intimidad que hacen posible la violencia en todas las relaciones humanas de intimidad de cercanía familiar y social. Klein  da cuenta de la convivencia cíclica constante   de afectos, entre los que se incluyen  no solo el amor  sino el odio así como elementos de culpa y de intentos de  reparación del daño ocasionado. El reconocimiento de esta  teorización puede dar paso a un modelo jurídico que rompa con el modelo vigente adversativo y binario. Ese reconocimiento en el campo jurídico   puede dar paso a un modelo en el  campo del Derecho de Familia que Huntington denomina reparativo. El trabajo invita al Derecho de Familia a realizar un  análisis complejo de los casos que atiende, cambiar los supuestos desde los que operan  los actores legales, para dar paso al modelo reparativo. El mismo puede  ser aplicado aun en casos de violencia doméstica, distinguiendo entre aquellos en los que prevalece el terrorismo íntimo y los que tratan de violencia doméstica situacional.  Reconoce lo límites del modelo en aquellos casos  de terrorismo doméstico y  donde existan problemas de salud mental que impiden en sus actores  el reconocimiento del daño ocasionado a las partes.

Presento en los casos siguientes, ejemplificaciones del artículo anterior  Repairing Family Law de Clare Huntington, en los que el Derecho de Familia en Puerto Rico, atiende  desde abordaje del paradigma simple y el modelo adversative los conflictos  de violencia doméstica. En los mismos no se distingue lo que puede ser violencia situacional, como una  presente en todos y que puede producirse en los vínculos afectivos íntimos de todos/as del  terrorismo doméstico. 

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