
Departamento de Sociología y Antropología, Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras
12 de noviembre de 2023
El saber producido por la criminología crítica consistentemente ha señalado que los conflictos sistémicos, estructurales, son representados al interior de la ciencia penal como problemas de desviación, de mala integración del lado del sujeto.
Para Michel Foucault se trata de que llegó un momento en que la maquinaria penal ya no puede funcionar exclusivamente con la ley y la infración, sino que requiere de un material complementario: el sujeto psicológico, la posibilidad de establecer una relación entre el crimen y las anomalías psíquicas del sujeto. A partir de ese momento, la figura del sujeto peligroso se constituye en el objeto central de la intervención punitiva. Se vigilan y se castigan grupos en riesgo, individuos en estado de peligrosidad.
Pero, se pregunta Foucault, ¿hay individuos intrínsecamente peligrosos? A lo que añado, ¿hay tal cosa como un sujeto enteramente saturado de maldad? ¿Existen subjetividades soberanas? O no tendríamos mas bien que ponderar las formas en que un acto, una intervención particular, un avivamento del poder de castigar, propicia una suerte de efecto totalizador en el sujeto como el que se produce al decir es “un transgénero”, es un “hombre negro”, “un inmigrante”, “un maltratador”, “un hostigador”…
Cuando Nietzche plantea que no hay “ser” previo al “hacer” (‘there is no being behind doing”), lo que intenta comunicar es que no hay esencias, no hay sujeto a priori. Mas bien, hay un proceso de producción simultánea de esa ficción que nombramos “sujeto” junto con la vida que va siendo en cada uno de nosotros/as o con la vida que nos es impuesta desde códigos clasistas, racistas, sexistas, heterosexistas, códigos de imperio…
La figura del sujeto peligroso es una invención de la ciencia penal la cual se fue construyendo a partir de discursos que fueron atravesando determinadas vidas y su colisión con el poder. Discursos destinados a convocarnos a pensar en la violencia desde una posición de exterioridad, desde la posición del sujeto decente y bueno del contrato, sin conceder a nuestra complicidad con la producción del binomio bueno/malo, sin conceder a la violencia propia.

