
Departamento de Sociología y Antropología, Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras
8 de noviembre de 2023
Frente a la reciente vitalidad adquirida por el movimiento abolicionista penal en Estados Unidos a partir de los movimientos de protesta centrados en la justicia racial, la crítica al aparato policial y la criminalización ampliada, Thomas Ward Frampton se detiene en el análisis de los dilemas asociados al mayor desafío que confronta este movimiento: ¿qué hacer con “the dangerous few”? Esto es, ¿qué hacer con el sujeto representado como eminentemente peligroso? Destacando que el campo discursivo producido por el abolicionismo penal exhibe una gran diversidad y heterogeneidad de lecturas en torno a este dilema, el autor discute los tres posicionamientos centrales en torno a la figura criminológica del sujeto eminentemente peligroso, a saber:
1. El que entiende que alguna forma de restricción tendría que mantenerse para el sujeto
eminentemente peligroso,
2. El que entiende que ninguna forma de cárcel es legítima en vista de que la figura del
sujeto eminentemente peligroso es el efecto de las dimensiones estructurales y sistémicas
de los problemas que como sociedad no hemos podido resolver y serían éstas
dimensiones las que habría que atender con prioridad,
3. Y el que entiende que la pregunta en torno a la figura del sujeto eminentemente peligroso
tiene como efecto el perder de perspectiva el sentido del abolicionismo penal como
movimiento social el cual desborda el contexto carcelario y supone un proyecto de
construcción de alternativas a la cárcel en simultaneidad con la eliminación de la cárcel.
La ponderación de estos tres posicionamientos al interior del abolicionismo penal es asumida por
el autor en su vinculación con otros dos reconocimientos:
1. El que los detractores de este debate descartan la propuesta abolicionista como una utopía
no alcanzable o bien no deseable.
2. El que el imaginario del sujeto eminentemente peligroso está atravesado por una lectura
clasista, sexista y racista en torno a quienes son invariablemente representados como
peligrosos por lo que siempre se demandaría la cárcel para éstos.
A su vez, y quizás mas importante para el autor, es caer en cuenta de que los detractores del abolicionismo penal dejan de lado el reconocimiento en torno a que la cárcel no repara el daño causado ni evita el que se ocasionen otros daños al interior del propio confinamiento. No obstante, este reconocimiento resulta ser irrelevante para muchos en vista de que se trata de daños perpetrados ahora contra cuerpos que, desde la fábrica del orden, no tienen ningún valor (es decir, contra otras personas confinadas).
Para Ward Frampton, profesor de derecho en la Universidad de Virginia, este debate ha incursionado las Escuelas de derecho, ha llegado para quedarse, y su valor reproductivo estriba en la multiplicidad y diversidad de discusiones que sigue provocando en todos aquellos sectores para quienes la cárcel y el operar del sistema de justicia criminal se han convertido en un mal social.

